Política

TEEH desechó recurso contra el magistrado Leodegario Hernández

Los integrantes del órgano jurisdiccional determinaron que el PAN se equivocó al utilizar el procedimiento especial sancionador como vía legal en su acusación


Redacción – PACHUCA

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desechó un recurso de apelación derivado de un fallo del IEEH sobre un procedimiento especial sancionador que el PAN presentó contra Julio Menchaca Salazar en su carácter de precandidato único a la gubernatura, el partido Morena y el magistrado Leodegario Hernández Cortez, por la presunta vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad, equidad, objetividad, independencia y profesionalismo en el proceso electoral.

Esto, debido a que presuntamente Hernández Cortez asistió a un evento proselitista de Menchaca Salazar en Mixquiahuala, el pasado 22 de enero, con lo que además habría incurrido en un posible conflicto de interés, pues fue su colaborador y propuesto como magistrado por la Comisión de Seguridad del Senado cuando el morenista la presidió.

Los magistrados del TEEH determinaron que Acción Nacional se equivocó al utilizar el procedimiento especial sancionador como vía legal en su acusación contra el magistrado Hernández Cortez, por la relación laboral que previamente tuvo con Menchaca Salazar.

La ponencia estuvo a cargo de la magistrada presidenta Rosa Amparo Martínez Lechuga, y contó con el respaldo del magistrado Manuel Alberto Cruz Martínez y del secretario general Naim Villagómez Manzur, quien asumió por ministerio de ley el cargo de magistrado debido a que Hernández Cortez era parte del asunto a tratar.

De acuerdo con el dictamen, del análisis integral del escrito de queja no se desprende que el PAN haya imputado al entonces precandidato y a Morena, de manera directa e inequívoca, probables infracciones a la normativa electoral.

Agregó que el IEHH partió de una apreciación incorrecta cuando se pronunció sobre la presunta comisión de actos anticipados de precampaña y campaña por parte del entonces precandidato y su partido, pues en el escrito de queja no se advirtió que se denunciaran dichas conductas a través de los hechos.

En cuanto a la acusación realizada por el PAN a Hernández Cortez, el TEEH puntualizó que el IEEH debió establecer que el procedimiento especial sancionador no era la vía idónea para investigar presuntas infracciones atribuidas al magistrado denunciado, ya que forma parte del órgano que interviene como árbitro en el desarrollo de un proceso electoral local.

El órgano jurisdiccional señaló que indebidamente el IEEH declaró improcedente la queja bajo el argumento de que se presumían actos de precampaña y campaña, lo cual no fue señalado por Acción Nacional.

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